Que informe SHCP de ingresos y transferencias a estados y municipios: INAI

17/diciembre/2018

 

– Nuevo gobierno anunció un cambio en la asignación y destino del gasto público, éste debe acompañarse de plena transparencia en las transferencias federales para desincentivar el despilfarro, la discrecionalidad y la corrupción: Joel Salas

 

– El presupuesto público es la principal herramienta de un gobierno para reflejar sus prioridades, por lo tanto, los ciudadanos tenemos el derecho a vigilar su conformación y ejercicio, destacó el Comisionado del INAI

 

La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) debe buscar y, en su caso, dar a conocer los ingresos y transferencias federales a las entidades federativas y municipios, correspondientes a los ramos 28 y 33, del Presupuesto de Egresos de la Federación, instruyó el Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI).

En el caso del Ramo 28 “Participaciones a Entidades Federativas y Municipios” el sujeto obligado debe dar a conocer el monto entregado en 2018; así como las fechas de entrega y comprobantes para los periodos de 2017 y 2018.

Sobre el Ramo 33 “Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios”, debe informar si se ejerció el presupuesto de destino para el que fue creado y, en su caso, detallar montos, fechas y comprobantes.

Además, la SHCP debe precisar si existe una bolsa común para ambos ramos o se hace una división presupuestaria.

Al presentar el asunto ante el Pleno, el comisionado Joel Salas Suárez afirmó que, ante el cambio de gobierno federal, existen al menos tres razones para dar a conocer la información sobre transferencias federales a las entidades federativas y municipios.

En primera instancia, el anteproyecto de presupuesto de egresos 2019, debe reflejar las medidas de austeridad, racionalidad y rendición de cuentas efectivas, así como los compromisos que se atenderán.

“El nuevo gobierno federal anunció un cambio en el paradigma de asignación y destino del gasto público, pues bien, éste debe estar acompañado de plena transparencia en las transferencias federales para desincentivar el despilfarro, la discrecionalidad y la corrupción”, apuntó Salas Suárez.

Como segundo punto, el comisionado señaló que es necesario publicar los instrumentos jurídicos o convenios, los criterios y reglas de asignación, los montos y fechas de asignación, así como las fechas de los montos gastados por los estados.

“La información pública será necesaria para ser consecuente con las promesas de transparencia total y apertura al control social del gasto público. El presupuesto público es la principal herramienta de un gobierno para reflejar sus prioridades, por lo tanto, los ciudadanos tenemos derecho a vigilar su conformación y ejercicio”, subrayó.

Finalmente, Salas Suárez aseguró que la información pública sobre transferencias federales será relevante para demostrar que los trabajos entre las autoridades estatales y los delegados nombrados por el presidente Andrés Manuel López Obrador en cada entidad federativa son objetivos, inclusivos, abiertos y respetuosos del pacto federal, según el sector de política pública que se trate.

Cabe señalar que, de acuerdo con la Auditoría Superior de la Federación (ASF), para los gobiernos de los estados las transferencias significan en promedio el 90 por ciento de sus ingresos totales y para los municipios alrededor del 65 por ciento, aunque en los que son rurales y marginados supera el 90 por ciento.

En ese contexto, un particular solicito a la SHCP diversa información relacionada con el Ramo 28 Participaciones a Entidades Federativas y Municipios, el Ramo 33 Aportaciones Federales para Entidades Federativas y Municipios, devoluciones con destino específico y la recaudación de impuestos de las entidades federativas.

En respuesta, el sujeto obligado proporcionó vínculos de internet para consultar información pública relacionada con cada uno de los contenidos solicitados y sugirió al particular dirigir su solicitud a los gobiernos de las entidades federativas de su interés, pues tienen una competencia concurrente, así como al Servicio de Administración Tributaria (SAT).

El particular se inconformó con la respuesta e interpuso un recurso de revisión ante el INAI, en el que manifestó que la información entregada no corresponde con lo solicitado.

En alegatos, la SHCP reiteró diversos puntos de su respuesta inicial y en otros realizó modificaciones sustanciales.

Al analizar el caso, la ponencia del comisionado Joel Salas Suárez advirtió que el sujeto obligado sí atendió lo solicitado sobre montos, fechas y comprobantes de devoluciones con destino específico y recaudación de impuestos de entidades federativas, destino de gasto del Ramo 28 y recaudación recabada por estado, por lo que procede sobreseer al respecto.

Sin embargo, faltó información sobre los montos de los años 2017 y 2018, y sobre las fechas y comprobantes del Ramo 28; tampoco se proporcionaron los montos, fechas, comprobantes, y precisiones sobre el ejercicio del presupuesto de destino del Ramo 33 y se omitió informar si los montos del Ramo 28 y 33 se van a una bolsa común o se dividen.

Por lo anterior, el Pleno del INAI, sobreseyó una parte de la solicitud de acceso a la información y resolvió modificar, por unanimidad, la respuesta de la SHCP y le instruyó turnar nuevamente la solicitud de información a la Dirección General Adjunta de Transferencias Federales de la Unidad de Coordinación de Entidades Federativas y a la Dirección General de Programación y Presupuesto “A”, a efecto de que las mismas, en el ámbito de sus competencias, realicen una búsqueda exhaustiva de la información y la entregue al particular.