¿Si rento más de 10 años me puedo quedar con la casa? Esto es lo que dice la ley

15/abril/2025

Agencias

En grandes ciudades se ha vuelto casi imposible adquirir un terreno o un espacio para poder construir un hogar, por lo tanto, lo más común es rentar casas o departamentos. Pero esto también se ha convertido en un problema por los invasores que llegan a apoderarse de propiedades ajenas.

Una de las dudas más recurrentes en personas que rentan es ¿si rento más de 10 años me puedo quedar con la casa o departamento? Pero esto, es más un mito que una realidad y nosotros te explicamos por qué.

¿Me puedo quedar con una casa que rento por más de 10 años?

Para algunas personas y por alguna extraña razón, esta es una premisa que buscan hacer realidad a toda costa, pero la realidad y las leyes dicen otra cosa.

En México, el hecho de vivir en una casa rentada o en un departamento rentado por más de diez años no te da derecho a convertirte en su dueño. Aunque sí existe figura legal llamada prescripción positiva o usucapión, que sí permite que alguien adquiera un inmueble por el simple paso del tiempo, pero esto se da bajo condiciones muy específicas.

Dicha figura se puede aplicar cuando una persona ocupa inmueble de manera continua, pacífica, pública y con la intención de ser dueño, sin tener contrato de por medio, es decir, sin reconocimiento del propietario legítimo.

Pero, en el caso de una renta, hay un contrato que reconoce a otra persona como el dueño, por lo tanto, la posesión no es en calidad de propietario, sino de inquilino, y eso rompe con los requisitos clave para poder solicitar la prescripción.

Además, la ley civil de cada estado tiene sus propias variaciones, en general se exige que la ocupación se haya mantenido durante al menos cinco años si hay buena fe y un título que parezca legítimo, o diez o más años si no lo hay, pero siempre y cuando no haya un contrato de renta de por medio.

Así que si alguien lleva diez años pagando renta y lo único que comprueba esa relación es que reconociste la propiedad ajena todo ese tiempo. No hay forma legal de argumentar que actuabas como si fueras el dueño.

Incluso si el dueño nunca pidió desocupar o renovar el contrato, eso no cuenta como abandono del bien ni como un acto que te dé derechos de propiedad.

Para que alguien pudiera quedarse con una casa bajo prescripción positiva, tendría que haber entrado sin contrato, quedarse por años sin ser molestado y comportarse como dueño, pagar predial, hacer mejoras importantes, impedir el ingreso del verdadero propietario y que este no haya hecho valer su derecho en todo ese tiempo.

¿Cuántos años de cárcel dan por invadir una propiedad en México?

En México, invadir una propiedad privada es un delito que puede tener consecuencias serias, sobre todo cuando se demuestra que la persona actuó con dolo, es decir, con la intención clara de adueñarse de algo que no le pertenece.

El Código Penal Federal y los códigos estatales regulan este delito bajo distintas figuras como despojo, allanamiento de morada o usurpación de inmuebles, dependiendo del contexto específico y de cómo se desarrollaron las acciones.

El artículo 395 del Código Penal Federal establece que quien despoje de un inmueble a otra persona, ya sea con violencia, amenazas o simplemente ocupándolo sin derecho, puede recibir de uno a cinco años de prisión, además de una multa económica.

Algunos estados agravan la pena si se trata de varios invasores, si hay violencia o si se trata de tierras ejidales o comunales. En la Ciudad de México, el artículo 236 del Código Penal señala que por despojo se puede imponer de dos a cinco años de prisión, y en ciertos casos hasta nueve años si hay agravantes.

Ahora ya sabes que no te puedes quedar con una cosa o un departamento, aunque lo rentes por más de 10 años.