Tribunal redefine los límites de participación institucional en el proceso de elección de jueces y magistrados; INE deberá ajustar sus lineamientos de cara a la contienda
La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) avaló, entre desacuerdos, que la Presidencia, legisladores, gobernadores y servidores públicos en general puedan promover la participación en los comicios judiciales, pero sin impulsar a candidatos.
Con tres votos a favor (Mónica Soto, Felipe de la Mata y Felipe Fuentes), y dos en contra (Janine Otálora y Reyes Rodríguez), se modificó el acuerdo del INE que establecía la prohibición de que servidores públicos utilicen recursos públicos para la difusión de la votación, al ser una facultad del órgano electoral.
La sentencia establece que los legisladores podrán promover la elección judicial en cualquier otro medio que permita comunicar la promoción, siempre y cuando los recursos públicos utilizados estén destinados a comunicación social con fines constitucionalmente lícitos, sin algún tipo de sesgo o apoyo a determinado candidato.
La presidenta del TEPJF expresó su desconcierto porque el INE emitió un acuerdo que, a su consideración, limita la participación de la ciudadanía: “Me siento sorprendida, un poco contrariada por este posicionamiento que se hizo en el Instituto Nacional Electoral en la toma de este acuerdo donde pareciera que está buscando llevar una elección silenciosa”, advirtió.
“No le estamos dando la vuelta a la Constitución, estamos dando paso y dando viabilidad a lo que establece la Constitución”, apuntó.
El magistrado Fuentes Barrera subrayó que la Constitución no exige un “silencio absoluto” ni “exclusividad injustificada”, como planteó el órgano electoral.
El magistrado De la Mata Pizaña, ponente del proyecto, argumentó que las elecciones judiciales tienen una naturaleza distinta a las del Congreso o el Ejecutivo, por lo que no se pueden equiparar las mismas prohibiciones: “Esto tendrá que hacerse en cumplimiento a los principios de equidad, neutralidad e imparcialidad, y sigue estando prohibido que favorezcan o perjudiquen a cualquier candidato, nada de eso cambia”, aclaró.
En contra de la propuesta, la magistrada Janine Otálora subrayó que la ley prohíbe expresamente el uso de recursos públicos para promoción y propaganda, lo que blinda la imparcialidad del proceso electoral: “Se restringe para evitar injerencias indebidas justamente en este proceso comicial, mientras que el Instituto Nacional Electoral despliega una campaña integral de difusión imparcial y neutral”, precisó.
Señaló que permitir la promoción por parte de otras autoridades supondría admitir que pueden hacer un trabajo más profesional que el del INE, o que no confían en la autoridad electoral para que realice esas actividades.
El magistrado Rodríguez Mondragón alertó que permitir la promoción podría implicar la percepción de que están apoyando a los candidatos que postularon, cuando esto no fue previsto expresamente en este modelo de elección.
“Quiero dejar claro que el derecho de acceso a la información no se ve vulnerado en ningún sentido, esto debido a que el Instituto Nacional Electoral tiene la obligación de promover la participación ciudadana en los procesos electivos, en todos, incluyendo la elección judicial, como se ha definido con el modelo aprobado de radio y televisión y como lo ha hecho el organismo de manera integral en coadyuvancia con los candidatos”, afirmó./ (EL UNIVERSAL)