Agencias
¿Es cierto que se pueden meter alimentos a cines?, es la pregunta que muchos se hicieron luego de que se difundiera una supuesta lista de comida autorizada por la autoridad, ante ello, esto es lo que dice la Profeco.
Mucha gente piensa que el hecho de comprar un boleto para una función de cine le da derecho a hacer cualquier cosa, pero no, ya que existen reglas que hay que cumplir.
Una de ella está relacionada con los alimentos y el hecho de poder o no consumirlos dentro de la sala…si los llevas tú y no los adquiriste en la cadena de cines.
Recientemente se difundió en redes sociales una supuesta lista de alimentos que se pueden ingresar a los cines y que estaba autorizada por la Procuraduría Federal del Consumidor (Profeco).
Al respecto, esto es lo que dice la autoridad, entérate.
Esto dice la Profeco
La Ley Federal de Protección al Consumidor, en su artículo 58, menciona que el proveedor de bienes, productos o servicios no podrá negarlos o condicionarlos al consumidor por razones de género, nacionalidad, étnicas, preferencia sexual, religiosas o cualquiera otra particularidad.
Agrega que los proveedores de bienes y servicios que ofrezcan éstos al público en general, no podrán establecer preferencias o discriminación alguna respecto a los solicitantes del servicio, tales como selección de clientela, condicionamiento del consumo, reserva del derecho de admisión, exclusión a personas con discapacidad y otras prácticas similares, salvo por causas que afecten la seguridad o tranquilidad del establecimiento, de sus clientes o de las personas discapacitadas, o se funden en disposiciones expresas de otros ordenamientos legales.
Esto significa que las personas consumidoras pueden decidir si compran o no alimentos en el establecimiento al que acuden, pero al momento de adquirir un boleto, están aceptando los términos y condiciones establecidos en el contrato de los proveedores, tal como lo menciona el artículo 42 y 85 de la Ley referida.
¿Qué dice la Ley?
En el artículo 42 se señala que el proveedor está obligado a entregar el bien o suministrar el servicio de acuerdo con los términos y condiciones ofrecidos o implícitos en la publicidad o información desplegados, salvo convenio en contrario o consentimiento escrito del consumidor.
Por su parte, el artículo 85 destaca que: se entiende por contrato de adhesión el documento elaborado unilateralmente por el proveedor, para establecer en formatos uniformes los términos y condiciones aplicables a la adquisición de un producto o la prestación de un servicio, aun cuando dicho documento no contenga todas las cláusulas ordinarias de un contrato. Todo contrato de adhesión celebrado en territorio nacional, para su validez, deberá estar escrito en idioma español y sus caracteres tendrán que ser legibles a simple vista y en un tamaño y tipo de letra uniforme. Además, no podrá implicar prestaciones desproporcionadas a cargo de los consumidores, obligaciones inequitativas o abusivas, o cualquier otra cláusula o texto que viole las disposiciones de esta ley.
Asimismo, en el artículo 10 se indica que queda prohibido a cualquier proveedor de bienes o servicios llevar a cabo acciones que atenten contra la libertad o seguridad o integridad personales de los consumidores bajo pretexto de registro o averiguación.
El titular de la Profeco, Iván Escalante Ruíz, explicó que, al momento de comprar un boleto para ingresar a ver una película, las personas consumidoras se adhieren a un contrato en donde se establecen los términos y condiciones de cada establecimiento.
Si en el contrato de adhesión o en las condiciones está que no puedes ingresar con alimentos, tienes que cumplir con ese contrato, si no, finalmente, no vayas a ese cine, ve algún otro que no tenga esta limitación; entonces, revisar mochilas, es ilegal; pedirle que enseñe el contenido de la mochila o del bulto o el paquete pactado a voluntad, está bien, sí se puede hacer, pero de ningún motivo obligar al consumidor a hacerlo, declaró en su momento el titular de la Profeco.
¿Es cierto que se pueden meter alimentos a cines?, es la pregunta que muchos se hicieron luego de que se difundiera una supuesta lista de comida autorizada por la autoridad, ante ello, ahora ya sabes qué es lo que dice la Profeco.