Arít León Rodríguez
Ayer platicando acerca de un asunto que les detallare con calma, puesto que la interesada ha solicitado se haga público en su momento, notábamos que muchas personas desconocen que cuando existen litigios y conflictos derivados de la mala realización del trabajo de los abogados, pueden tomar acciones contra ellas y ellos, cualquiera sea el caso.
La responsabilidad del abogado, que como cualquier otro profesional, está sometida al imperio de la ley, también responden de los daños que por la posible culpa y negligencia pudiera ocasionar a su cliente, por su falta de profesionalidad o pericia en el tratamiento de un determinado pleito.
Bueno, desde mis años universitarios lo comentaba y con los años he afianzado ese criterio: crean mercenarios de la ley, seres que solo buscan hacer dinero, sin ningún compromiso social.
Estamos rodeados de personas que han perdido propiedades y hasta indemnizaciones en caso de viudez porque él o la abogada no ejerció la acción dentro del término.
Muchas veces, la persona sobreviviente a un siniestrado –especialmente conductores de transporte- desconoce inclusive que existe un seguro de vida, mínimo si usted quiere, pero lo suficiente para que sobreviva la familia al menos unos meses, esto digo, desconocido por la familia pero en el caso de estos profesionales, debido a que los planteamientos jurídicos que puede realizar en la encomienda de gestión de su cliente, la inacción es completamente negligente.
El daño ocasionado en la acción o inacción debe producirse en un nexo causal con el asunto encomendado, el daño ha de ser evaluable económicamente e individualizado.
Es decir, sancionar a quien de manera ineficiente y dolosa, con toda la intención y sin dudar en acuerdo con la parte que debería entregar ese dinero, no hace de conocimiento a quienes son beneficiarios.
En lo personal me pega mucho saber de esto, yo considero que no hay nada peor que usar la ley como un ariete contra quienes necesitan de ella. En un estado de derecho, el Abogado debe servir los intereses de la justicia, así como proclamar y defender los derechos y libertades.
La obligación del defensor, no es una obligación de resultado, es decir, contratarle no asegura que en efecto el resultado será a favor.
Existen supuestos jurídicos que simplemente no pueden ser.
Esto también parece olvidarse en muchas Sentencias de exigencia de responsabilidad civil, (por ejemplo la absolución de su cliente, la no consecución de la incapacidad permanente, etc.) el abogado debe responder plenamente en el uso de medios.
Lo reitero, quien procura y vende su conocimiento lo utilizará siempre en interés del cliente, con la intención de obtener el mejor resultado, aunque en muchos de los casos no se produzca.
Nunca un abogado pueden garantizar un resultado, o mencionar una fecha exacta para resolver un asunto.
Como abogada que también soy, me es irritante que existan quienes se ostenten como abogados y litigantes y destruyan vidas y patrimonios una y otra vez.