Dan resolución de huelga del CECyTECH

8/julio/2024

 

– Autoridad laboral declara inexistente la huelga en el CECyTECH tras recuento de votos

– Recuento de votos en el CECyTECH fue de 922 trabajadores en contra de la huelga; 186 a favor

– Mayoría manifestó su rechazo, lo que llevó a la resolución final y la reanudación de labores, siendo esto un acto legal consumado

 

En respuesta a la huelga iniciada por el Sindicato de Trabajadores Administrativos del Colegio de Estudios Científicos y Tecnológicos del Estado de Chiapas (S.T.A. CECyTECH), la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Chiapas ha emitido una resolución determinante en el expediente H/127/2019 y sus acumulados H/371/2019 y H/372/2019.

De acuerdo a los antecedentes del conflicto, iniciado el 2 de mayo del presente año, se desarrolló de acuerdo con la normativa vigente, y que, tras el emplazamiento y la posterior audiencia de conciliación, el S.T.A. CECyTECH declaró la huelga de manera parcial en las instalaciones del colegio. Sin embargo, el 3 de mayo, los representantes legales del CECyTECH interpusieron un incidente de inexistencia de huelga, argumentando la falta de mayoría sindical, conforme a los artículos 929 y 930 de la Ley Federal del Trabajo.

Durante el recuento de Votos, llevado a cabo el viernes 5 de julio del año en curso, se realizó la diligencia en la Junta Local de Conciliación y Arbitraje, con la participación de 1,113 trabajadores del CECyTECH. Los resultados fueron contundentes: 186 votos a favor de continuar la huelga y 922 en contra.

De acuerdo a un documento emitido por las autoridades y con base en las pruebas y el recuento, la autoridad laboral declaró la inexistencia legal de la huelga y ordenó el archivo del expediente como asunto concluido. Se concedió un plazo de 24 horas a los trabajadores huelguistas para regresar a sus labores, bajo apercibimiento de rescisión laboral en caso de incumplimiento.

Asimismo, en la resolución especifica que la parte patronal no incurrió en responsabilidad alguna y queda libre para contratar nuevo personal si los trabajadores no se presentan dentro del término establecido. La medida se basa en el artículo 932 de la Ley Federal del Trabajo.

Finalmente, la Junta Local de Conciliación y Arbitraje confirmó que el procedimiento se llevó a cabo conforme a derecho, respetando los derechos humanos y el ejercicio democrático de los trabajadores. La mayoría del personal del CECyTECH manifestó su rechazo a la huelga, lo que llevó a la resolución final y la reanudación de labores, siendo esto un acto legal consumado.