Agencias
Uno de los cambios de la Miscelánea Fiscal 2021 y que tendrá efectos visibles para quienes tengan saldo a favor al momento de hacer su declaración anual y sean personas físicas, es la devolución de automática.
La devolución automática es válida siempre y cuando las personas presenten su declaración del 2020 a más tardar el 31 de julio de 2021, si pasa esta fecha no podrán beneficiarse, a menos que el Servicio de Administración Tributaria (SAT) amplíe el plazo.
Es importante tener a la mano y con vigencia la e.firma para la declaración de montos mayores a 10 mil 001 pesos y contraseña para montos menores a esta cifra.
Quienes tengan saldo a favor entre 10 mil y 150 mil pesos van a poder presentar su declaración exclusivamente con contraseña y cuando en la cuenta CLABE en la cual quieren que se deposite coincida con alguna que ya tenga precargada el sistema del SAT.
¿Quiénes no podrán ser acreedores a la devolución automática?
Contribuyentes con saldos a favor superiores a 150 mil pesos. Cuando el saldo a favor corresponde a ejercicios anteriores. Que hayan solicitado previamente un formato de devoluciones. Quienes presenten su declaración anual posterior a la fecha límite. Contribuyentes con solicitudes con CFDI’s expedidos por contribuyentes del listado 69 y 69-B, etcétera.