Necesario cumplir con este seguro antes de salir a carretera, ya que, de otra forma, los conductores podrían ser sancionados: AMIS
A parir del martes 1 de enero de 2019, los automovilistas que circulen en carreteras federales estarán obligados a contar con un seguro de protección a terceros, sin importar el modelo de la unidad.
Por lo tanto, las autoridades correspondientes podrán exigir -durante una infracción, incidente vial o alguna emergencia- el respectivo seguro.
El seguro deberá garantizar a terceros el pago de los daños que pudieran ocasionar en sus bienes y personas, en caso de un accidente vial.
De acuerdo con la Asociación Mexicana de Instituciones de Seguros (AMIS), esta medida busca reducir el costo de accidentes viales, los cuales anualmente alcanzan los 120 mil millones de pesos; según información de El Universal.
Datos del organismo muestran que una indemnización por muerte oscila entre 300 mil y 3 millones de pesos; sin embargo, el principal objetivo de este tipo de seguro es disminuir el impacto en un tercero involucrado en un accidente vial.
“Lo que estamos buscando es proteger a las víctimas de accidentes y ahí hay algunas iniciativas de ley para que, por lo menos, haya una obligación para que las leyes de movilidad de cada estado exijan un seguro de protección a víctimas”, dijo el director general de la AMIS.
Los datos de la AMIS resaltan que un accidente de tránsito cuesta 11 mil pesos en promedio y diariamente se registran mil percances en el país.
El organismo destacó que el principal reto es que se cumpla la disposición y que los automovilistas no vean este tipo de seguro como una carga adicional y se considere la protección que puede otorgar a terceros al circular por carreteras del país.
Por su parte, aseguradoras aconsejan cumplir con este requisito antes de salir a carretera, ya que, de otra forma, los conductores podrían ser sancionados con multas que oscilan entre los 20 y 40 días de salario mínimo.
En 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación una ley que reglamenta el tránsito de los vehículos en vías, caminos y puentes federales”.
En caso de que un conductor ya cuente con cualquier otro tipo de póliza, no es necesario que adquiera el Seguro Obligatorio, debido a que estos productos ya cuentan con la cobertura de Responsabilidad Civil por Daños a Terceros.