Indicador político

28/mayo/2015

Pues al final, espionaje es legal

#Carlos Ramírez

En ese modelo jurídico de legislar y cambiar la Constitución para tapar un hoyo político aunque se destapen otros, un problema político en el 2006-2007 llevó a la Suprema Corte el debate sobre las intercepciones telefónicas y la politización del tema provocó que el máximo tribunal constitucional permitiera el espionaje en comunicaciones.

Por tanto, el espionaje telefónico es jurídicamente legal, apoyado por una nueva redacción constitucional plagada de contradicciones que al final prohíben pero permiten –en derecho todo se vale– las intercepción de comunicaciones.

En el debate de las grabaciones al entonces gobernador poblano Mario Marín Torres se dio la radicalización de algunos ministros; y a pesar de que la Constitución en ese momento prohibía las intervenciones telefónicas y las permitía sólo a la autoridad vía un juez, al final dejaron abierta la puerta: por un bien mayor, la Constitución podía retorcerse.

Ese debate llevó a la reforma constitucional del artículo 16 constitucional del 18 de junio de 2008, promovida por el presidente Felipe Calderón Hinojosa. La reforma constitucional de 1996 (Zedillo) estableció dos criterios: las intercepciones eran válidas sólo por mandato de un juez y se prohibían estrictamente a particulares y establecía sanciones fuertes; y la autoridad no podía autorizar intercepciones telefónicas en asuntos electorales, fiscales, mercantiles, civiles, laborales o administrativas.

En el contexto del caso Marín-Lydia Cacho y por la permisividad establecida en la Suprema Corte, Calderón reformó la Constitución en 2008 para introducir una variante: en qué circunstancias podrían ser válidas las intercepciones: “la ley sancionará penalmente cualquier acto que atente contra la libertad y la privacidad de las mismas (las comunicaciones), excepto cuando sean aportadas de forma voluntaria por alguno de los particulares que participen en ellas”.

El retruque en la construcción jurídica de una prohibición dejó las puertas abiertas al espionaje a través de intercepciones telefónicas: la Constitución prohíbe las intercepciones pero a renglón seguido las legaliza si forma parte de un delito y sean aportadas por uno de los involucrados y en este punto permite que las haga un particular y ya no nada más por la autoridad.

Por tanto, los dedicados al espionaje político podrían acogerse a la parte que permite la utilización de intercepciones en un proceso judicial. Pero lo que queda claro es que al permitir su uso por uno de los involucrados, en los hechos la Constitución está permitiendo el uso de las intercepciones por particulares como paso a su presentación en un juicio.

Si acaso aparecieran los responsables de la filtración que involucró a Lorenzo Córdova Vianello, consejero presidente del Instituto Nacional electoral, su argumento de defensa sería la Constitución porque podrían argumentar que lo hicieron como parte de una indagatoria en curso. En un momento dado podrían ir con los indígenas y éstos difundir la conversación y en ese momento la intercepción habría de considerarse legal.

La lección política que queda del affaire Córdova y sus referencias discriminatorias a una minoría pero hecha en horas de trabajo y a través de medios pagados por el Estado radica en el hecho de que no hubo ilegalidad en la grabación en cuanto al hecho en sí mismo, y sí en su difusión política fuera de un caso judicial.

Pero lo grave del asunto fue que la mayoría de ministros de la Corte en el 2007 votaron por la tesis de que las grabaciones al gobernador Marín no fueron ilegales y determinaron –con el voto de las ministras Olga Sánchez Cordero y Margarita Luna– que la violación de los derechos de Lydia Cacho no fue grave, por lo que el gobernador se salvó de alguna sanción.

La conclusión del caso Córdova es que la intercepción de sus conversaciones privadas en horas de trabajo no fue ilegal hasta en tanto se determine su utilización en un caso legal. Aunque aquí deben recordarse las palabras de un exdirector de la Federal de Seguridad que se dedicaba justamente a las intercepciones telefónicas de políticos y funcionarios: “si no quieren que se sepan sus opiniones, que no las digan ni en privado; vamos, ni bajo la regadera”.

Famosas últimas palabras: “Fue un encuentro muy respetuoso con los indígenas”: Lorenzo Córdova Vianello al referirse al encuentro con los indígenas de los que se mofó en una charla telefónica.

Es pregunta: ¿Será cierto que los electores de todos modos irán a votar el 7-J a pesar de las revelaciones que han encuerado a todos los aspirantes a cargos de elección popular?

La crisis que viene: Las empresas encuestadoras se encuentran en problemas porque han dado como finales las especulaciones de sondeos basados en tres errores; el alto grado de rechazo de encuestados, el numeroso volumen de indecisos y el sondeo por teléfono.

@carlosramirezh