Aclaran que el borrego cimarrón no se ha extinguido

3/marzo/2015

La Semarnat aclara que la especie no está extinta, noticia que circuló en internet el pasado fin de semana

Agencias

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La Semarnat aclara que la especie no está extinta, noticia que circuló en internet el pasado fin de semana.

CIUDAD DE MÉXICO, 3 de marzo.- La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) rechazó las versiones que circularon el pasado fin de semana en portales de internet y redes sociales sobre la supuesta extinción del borrego cimarrón (ovis canadensis).

Una especie es considerada extinta cuando en 50 años no se ha obtenido ningún registro sobre su presencia

Comunicación Social de la Semarnat negó haber dado a conocer información sobre “monitoreos terrestres y aéreos de ejemplares que confirmaron la inexistencia de la especie”.

Según la Norma Oficial Mexicana 059, es una especie “sujeta a protección especial”, que genera ingresos a través de las Unidades de Manejo para la Conservación de la Vida Silvestre.

Actualmente, la legislación permite el aprovechamiento sustentable del borrego cimarrón en ranchos cinegéticos y ejidos, que obtienen permisos para caza deportiva, investigación, pie de cría y repoblación.

El borrego cimarrón es una especie que desde 1975 se aprovecha de manera sustentable, haciendo estudios poblacionales y monitoreando su hábitat

Joel González Moreno, director general de Inspección y Vigilancia de Vida Silvestre, Recursos Marinos y Ecosistemas Costeros de la Profepa, recordó que el borrego cimarrón es una especieque desde 1975 se aprovecha de manera sustentable, haciendo estudios poblacionales y monitoreando su hábitat, para determinar la proporción de ejemplares que pueden ser extraídos de su medio a través la cacería legal.

Una especie es considerada extinta cuando en 50 años no se ha obtenido ningún registro sobre su presencia y es un proceso amplio de debate entre científicos, autoridades y ambientalistas que deben acordar su cambio de estatus en la Norma Oficial Mexicana 059.

Estas modificaciones tienen que presentarse a la Comisión Federal de Mejora Regulatoria (Cofemer), para que se realice una consulta y puedan ser anunciadas en el Diario Oficial de la Federación.