Suspende PROFEPA actividad minera en Escuintla

26/febrero/2018

 

– Acciones, por la apertura de brechas o caminos de acceso con una afectación de 5,629 m2 donde se removió suelo y vegetación forestal

 

– La medida de seguridad fue impuesta por carecer de autorización en materia de Cambio de Uso de Suelo de Terrenos Forestales

 

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) ordenó la Suspensión Temporal Total de las actividades del Proyecto denominado: “Aprovechamiento Integral de Recursos Minerales ubicado en el Ejido Nueva Francia”, municipio de Escuintla, Chiapas, por carecer de autorización  en materia de Cambio de Uso de Suelo de Terrenos Forestales.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 161, fracción III, de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable (LGDFS), personal de la PROFEPA en la entidad, en visita de inspección realizada el pasado 14 de febrero de 2018, levantaron el procedimiento administrativo número PFPA/14.3/2C.27.2/00005-2018.

Durante la visita se constató que el Proyecto cuenta con una superficie de 3.3 hectáreas, dentro de las cuales se llevó a cabo la apertura de brechas o caminos de acceso, con una longitud aproximada de 804 metros y un ancho promedio de 7 metros.

En el lugar se observó afectación en aproximadamente 5,629 m2, en los cuales y -de acuerdo con la vegetación circundante existente fuera del sitio impactado- se considera hubo remoción de suelo y vegetación de las especies Tepenahuaste, Laurel (Hormiguillo), Capulín (Prunus salicifolia), Chile Blanco, Castaño (Castanea sativa), Hormiguillo (Cordia alliodora) y Zacate insurgente.

Toda vez que el representante del proyecto y administrador único de Obras y Proyectos MAZAPA, S.A. de C.V., manifestó no contar con la autorización en materia de Cambio de Uso de Suelo de Terrenos Forestales, expedida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), se impuso la suspensión temporal de las actividades del proyecto como medida de seguridad, de conformidad con los artículos 73 y 117 de la LGDFS.

Las actividades de cambio de uso de suelo de terrenos forestales, sin autorización, están consideradas como infracción en el artículo 163, fracción VII,  de la LGDFS, por lo cual el inspeccionado podría hacerse acreedor a una multa equivalente de 100 a 20,000 Unidades de Medida y Actualización, establecida en el artículo 165, fracción II, de dicha ley, así como a la realización de acciones de restauración del sitio afectado.

Por otro lado, el pasado 16 de febrero se realizó visita de inspección en materia de impacto ambiental al Proyecto “Exploración y Explotación Subterránea del mineral Llemita dentro de la Concesión Lote Bambú”, también en el municipio de Escuintla, en donde se presentó autorización de SEMARNAT con N° DF/CHIS/SGPA/UGA/DIRA/6824/14, a nombre de la empresa GTM Mineral MX S. de R.L.

A la fecha, en el sitio autorizado sólo se han realizado actividades de exploración mediante barrenación para obtención de muestras, dando cumplimiento con el aviso de inicio y término a SEMARNAT y PROFEPA, de fechas 15 de abril y 10 de junio de 2015, respectivamente.

En el mismo no se observó apertura de caminos, toda vez que las vías de acceso a sitios de barrenación son por caminos de herradura y toda el área está cubierta por vegetación forestal, sin que se evidencie remoción de la misma.

Con acciones como ésta, la PROFEPA refrenda su compromiso de protección y vigilancia de los recursos naturales en beneficio de la sociedad.